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lunes, 31 de diciembre de 2012

DESMONTE
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RESOLUCION N° 316/07

Y VISTO:
                        La necesidad de atenuar el desmonte y eliminación de plantas autóctonas nativas en terrenos y lotes destinados a la construcción y, al mismo tiempo, impedir modificaciones topográficas innecesarias.

Y CONSIDERANDO:
                        Que, el desmonte y eliminación de plantas autóctonas nativas en terrenos y lotes destinados a la construcción y, al mismo tiempo, impedir modificaciones topográficas innecesarias afectarán de manera severa el medio ambiente afectando, incluso, el paisaje de nuestra localidad empobreciendo su patrimonio natural,
Que, la eliminación de la cobertura vegetal, sumada a las lluvias torrenciales en la zona, produce la pérdida de los suelos por lavado quedando, como producto de ello, terrenos más rocosos que pierden su capacidad de absorción y almacenamiento de agua, cuya consecuencia evidente deriva en que el agua escurra directamente hacia los caminos, que se inundan más de lo debido y aconsejable,
Que, la pérdida de capacidad de almacenamiento de los suelos aumenta la intensidad de las crecientes en verano y disminuye el caudal en invierno,
Que, las modificaciones de la topografía del terreno alteran los ciclos hidrológicos y la estética del paisaje modifican el ambiente para sostener la flora y la fauna desvalorizando el patrimonio natural,
Que, la eliminación de especies de árboles nativos y su reemplazo por árboles exóticos, implica en la mayor parte de las situaciones más riego, derivándose de ello, mayor gasto de agua lo que agrava la situación debido a las condiciones limitantes del vital recurso en nuestra zona,
Que, las plantas nativas al crecer menos, no necesitan poda (o, en todo caso, requieren una poda mínima) lo que evita la acumulación de ramas secas y los problemas asociados a su recolección y procesamiento.  
Que, en definitiva, si bien el desmonte de un terreno puede parecer inofensivo, la suma de los desmontes de todos o varios terrenos ocasiona un enorme impacto en la zona cuyas consecuencias afectan a la comunidad toda,
Que, esta Comuna considera oportuno y pertinente crear un cuerpo normativo tarifario que a los efectos de contemplar el cuidado y preservación del medio ambiente y la defensa del patrimonio natural de la Comuna de Cuesta Blanca, contenga, además, las sanciones correspondientes para aquellos casos y conductas que puedan ser constitutivos de infracciones, contravenciones y/o violaciones a su régimen,
Que, el establecimiento de este ordenamiento normativo requiere del estricto control de la autoridad comunal, tornando en indispensable y necesario implementar la creación de un cuerpo de guardaambiente a los fines de su efectivo cumplimiento,

POR TODO ELLO, Y DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES
LA COMISION COMUNAL DE CUESTA BLANCA
RESUELVE:

Artículo 1°: Crear el Código de Medio Ambiente que entrará en vigencia, en todo el ámbito de esta Comuna, a partir del 1 de Enero de 2008.

Artículo 2°: A los fines de su implementación, se transcribe en la presente resolución la normativa general tarifaria según el siguiente esquema normativo:

Artículo 1°: Modificación de Topografía y Areas Rocosas: Será sancionado con multa de hasta Pesos Diez mil ($ 10.000,00) todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, que:
Inc. 1°) Al adquirir terrenos y/o solicite permiso para edificar, modifique y/o altere la topografía y las áreas rocosas, con excepción del área habilitada para construir y sus accesos. En todos los casos, es obligatorio mantener la topografía y las áreas rocosas de los terrenos y la inobservancia de esta obligación será sancionada con la misma multa.
Inc. 2°) Habiendo ya construido, aunque haya modificado la topografía y las áreas rocosas en el pasado, produzca nuevos cambios topográficos o rocosos.

Artículo 2°: Desmonte y/o Limpieza de lotes y terrenos edificados: Será sancionado con multa de hasta Pesos Cinco mil ($ 5.000,00) todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título que:
Inc. 1°) Al adquirir terrenos y/o solicite permiso para edificar en los barrios residenciales El Puente y Los Escritores no deje un mínimo del 30% del terreno en su estado natural (topografía, rocosos, árboles, arbustos y hierbas nativas). Para el caso de no ser posible, es obligatorio dejar un mínimo del 30% de proyección de copa de árboles nativos o una combinación de ambas opciones (para el cálculo de la proyección de la copa, ver anexo).
Inc. 2°) Al adquirir terrenos y/o solicite permiso para edificar en los barrios El Diquecito y el Halcón Peregrino, no deje un mínimo del 50% del terreno en su estado natural  (topografía, rocosos, árboles, arbustos y hierbas nativas). Para el caso de no ser posible, es obligatorio dejar un mínimo del 50% de proyección de copa de árboles nativos o una combinación de ambas opciones (para el cálculo de la proyección de la copa, ver anexo).
Inc. 3°) Al adquirir terrenos y/o solicite permiso para edificar en barrio Los Comechingones y para futuros loteos no deje un mínimo del 70% del terreno en su estado natural  (topografía, rocosos, árboles, arbustos y hierbas nativas). Para el caso de no ser posible, es obligatorio dejar un mínimo del 70% de proyección de copa de árboles nativos o una combinación de ambas opciones (para el cálculo de la proyección de la copa, ver anexo).
Inc. 4°) Haya construido y tenga declarada su vegetación no mantenga o modifique la vegetación tal cual está declarada.
Inc. 5°) No ser{a de aplicación esta reglamentación a todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título que haya construido pero no tenga declarada su vegetación por ser la construcción de larga data.
Además de la multa, quienes no contemplen los porcentajes de terreno en las condiciones especificadas, deberán plantar especies nativas en cantidad suficiente como para que la proyección de la copa a futuro ocupe el porcentaje determinado según se establece en los incisos precedentes. La remediación efectuada con la plantación de árboles nuevos no exime del pago de la multa.

Artículo 3°): Extracción de Arboles Grandes: Independientemente de las restricciones anteriores, se multará la eliminación de árboles grandes de diferentes especies nativas a todo propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, sin excepción, debido al tiempo necesario para su recuperación y por su importancia como productores de semillas, su valor como refugio de aves y otras especies de animales y su valor estético y cultural. En todos los casos en que un árbol grande se hallare en el lugar deseado para construir, se deberá pedir permiso especial a la Comuna. Asimismo, se permite la eliminación de especies exóticas que atenten contra los valores antes mencionados, a cuyo fin, se listan los siguientes grupos de especies nativas y exóticas:
a)      Especies nativas que pueden alcanzar gran tamaño: Cocos (fagara coco), Molles (litera molleoides), Algarrobo blanco y negro (prosopis alba, prosopis nigra), Tala y Tala falso (celtis tala, bouganvillea stipitata) y Orco Quebracho (schinopsis marginata). Por extraer estas especies con perímetros mayores o iguales a 60 cms. a la altura de la base (árboles de 20 años o más) sin autorización se aplicará una multa de hasta Pesos Dos mil quinientos ($ 2.500,00). Debe considerarse que si los árboles son de múltiples fustes, es decir, que se ramifican desde la base, se considerará el perímetro de todos los fustes juntos (antes de la ramificación).
b)      Especies nativas de menor tamaño: Espinillos (acacia caven), Aromitos/tuscas (acacia aroma), Moradillo (schinus fasciculatus), Manzano de Campo (ruprechtia apetala),Palo de Leche/lecherón/blanquillo (sebastiania commersoniana), Durazno de Campo (kageneckia lanceolata) y Chañar (geoffroea decorticans). Por extraer esta especies con perímetros mayores o iguales a 40 cms. a la altura de la base (árboles de 20 años o más) se impondrá una multa de hasta Pesos Un mil ($ 1.000,00).
En los casos en que se eliminen este tipo de especie, deberá el propietario, usufructuario y/o el poseedor a cualquier título, plantar 3 árboles de cualquier especie nativa, por cada árbol nativo extraído (de las listas mencionadas y con los tamaños especificados).
En los casos a) y b) debe considerarse que si los árboles son de múltiples fustes, es decir, que se ramifican desde la base, se considerará el perímetro de todos los fustes juntos (antes de la ramificación).
La remediación efectuada con la plantación de árboles nuevos no exime del pago de la multa.
c)      Especies Exóticas: Pino (Pinus spp.), Lambertianas, Siempreverdes (Ligustrum spp.), Grateus (Pyrancantha agustifolia), Olmos (Ulmus pumila), Paraísos (Melia azedarach), Acacias Negra y Blanca (Gleditsia triacanathos, Robinia pseudoacacia), Cafeto (Manihot flabellifolia, Manihot grahamii) y Cotoneaster (Cotoneaster spp.).
Se encuentra permitido eliminar estas especies por ser exóticas previa demostración de que las mismas son causantes de problemas o incontentes.

Anexo: Proyección de Copa: Se mide el ancho mayor de la copa y el ancho menor, es decir, el ancho perpendicular al ancho mayor, para cada árbol y se calcula la proyección de la copa aproximando a una elipse, según la siguiente fórmula:
Proyección de copa = π x AM/2 x Am/2
π = 3.1416
AM = ancho mayor
Am = ancho meno
Se suma la proyección (calculada en metros cuadrados) de todos los árboles y se calcula el porcentaje en relación al total de superficie del terreno.

Artículo 3°: Ordenar la contratación de personal a los fines del cumplimiento de la presente disposición administrativa, facultando a tales efectos a la Presidenta Comunal, debiendo realizarse tales contratos según las normas de estilo que viene observando esta administración.

Artículo 4°: Cúmplase, hágase saber y archívese.

Cuesta Blanca, 18 de Diciembre de 2007.       

RUIDOS MOLESTOS
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RESOLUCIÓN  NO 131/04 modificada en 2006 y en 2009

VISTO:
      La necesidad de proteger la calidad ambiental y la calidad de vida de los habitantes de la localidad de Cuesta Blanca, preservándolas de los desequilibrios producidos por ruidos molestos o parásitos y visto el artículo 198o de la Ley Orgánica Municipal 8102.

Y CONSIDERANDO:
               
Que está comprobado que el ruido produce trastornos en la salud y que por ello existen leyes que, por ejemplo, protegen a los trabajadores de los sonidos originados por distintas maquinarias de trabajo.
Que los trastornos producidos por ruidos afectan tanto al cuerpo como la mente generando alteraciones del sueño, dolor de cabeza, náuseas, úlceras y otros trastornos digestivos, respiratorios y circulatorios, afecciones cardíacas y hasta sordera permanente.
Que en la localidad de Cuesta Blanca gran cantidad de vecinos se ven afectados por ruidos ocasionados por emprendimientos comerciales, casas particulares o turistas ocasionales.
Que actualmente es posible poner en práctica tecnologías silenciosas que amortiguan y aíslan el sonido en emprendimientos comerciales.
Que además de sus efectos sobre los seres humanos, la contaminación sonora tiene gran impacto sobre la fauna local, haciendo que los animales se alejen, reduciendo su hábitat y disminuyendo su supervivencia y su capacidad de reproducirse.
Que la contaminación sonora afecta en forma decisiva la identidad de Cuesta Blanca como Área Natural Protegida.
Que es necesario un ordenamiento en lo que respecta a ruidos molestos o parásitos con el fin de proteger a la comunidad, estableciendo a tales fines límites en los mismos, contemplando en consecuencia la tranquilidad y el descanso de las personas que habitan nuestra localidad.
Que la vecindad impone la tolerancia de ciertas molestias pasajeras, pero estas no pueden superar la tolerancia normal de ciertos ruidos, causal por lo que los mismos no podrán exceder el mínimo establecido de incomodidad moderada.
Que las pautas para considerar cuál es la tolerancia normal, son las que estiman el común del pueblo, o lo que las reglas de las costumbres indican como tolerantes para la población en general.
Que es de interés de esta Comuna el resguardar la tranquilidad pública poniendo especial énfasis en el descanso y la convivencia en general, que resultarían estos afectados por los ruidos molestos.

POR ELLO:
LA COMISIÓN COMUNAL DE CUESTA BLANCA RESUELVE
Artículo 1o: Regular respecto a los ruidos molestos o parásitos en esta localidad de Cuesta Blanca.
Artículo 2o: La presente Resolución rige para los ruidos producidos en la vía pública, plazas, parques, paseos, playas, salas de espectáculos, y centros de reunión, así como en las casas, individuales o colectivas.
Artículo 3o: Quedan prohibidas dentro del radio urbano de esta Comuna: a) Las transmisiones radiotelefónicas o reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública o propiedades privadas aledañas; b) El uso de radios, televisores y demás reproductores de sonidos en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos; c) La habilitación o circulación de vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape; d) El uso de bombas de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro elemento productor de esta clase de ruidos, salvo en el caso de eventos populares debidamente autorizadas por la autoridad comunal; e) Toda otra actividad que produzca ruidos o sonidos comprendidos en la prohibición del artículo 2o de la presente Resolución. Solamente se podrá difundir música y locución, o realizar otras actividades ruidosas, en locales cerrados con aislamiento acústico apropiado o a un volumen que no se escuche desde la vía pública ni propiedades privadas aledañas.
Artículo 4o: Desígnese autoridad de aplicación para el cumplimiento de las normas de la presente Resolución a la Presidencia Comunal o a las personas designadas por ésta a tales efectos, recurriendo a la fuerza policial, si fuera necesario.
Artículo 5o: En el caso de instalaciones fijas, la denuncia para el supuesto caso de incumplimiento a la presente Resolución deberá ser realizada por escrito por quien se considere damnificado. En el caso de equipos móviles, la comunicación será verbal a las autoridades de la Comuna o a la policía.
Artículo 6o: A los fines de su implementación, se transcribe en la presente resolución la normativa general tarifaria según el siguiente esquema normativo

Artículo 1º: Será sancionado con apercibimiento todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, o visitante temporario que:
Inc. 1º) Por primera vez realice transmisiones radiotelefónicas o reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública o propiedades privadas aledañas; utilice radios, televisores y demás reproductores de sonidos en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos; circule en vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape; utilice bombas de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro elemento productor de esta clase de ruidos, salvo en el caso de fiestas populares debidamente autorizadas por escrito por la autoridad comunal; realice toda otra actividad que produzca ruidos o sonidos comprendidos en la prohibición del artículo 2o de la Resolución 131/04.

Artículo 2º: Será sancionado con multa de hasta Pesos Dos Mil ($ 2.000) todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, o visitante temporario, que:
Inc. 1º) Por segunda vez realice transmisiones radiotelefónicas o reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública o propiedades privadas aledañas; utilice radios, televisores y demás reproductores de sonidos en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos; circule en vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape; utilice bombas de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro elemento productor de esta clase de ruidos, salvo en el caso de fiestas populares debidamente autorizadas por escrito por la autoridad comunal; toda otra actividad que produzca ruidos o sonidos comprendidos en la prohibición del artículo 2o de la Resolución 131/04.

Artículo 3º: Será sancionado con multa de hasta Pesos Diez Mil ($ 10.000,00) todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, o visitante temporario, que:
Inc. 1º) Reincida tres o más veces en la realización de transmisiones radiotelefónicas o reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública o propiedades privadas aledañas; utilización radios, televisores y demás reproductores de sonidos en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos; circulación de vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape; utilización de bombas de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro elemento productor de esta clase de ruidos, salvo en el caso de fiestas populares debidamente autorizadas por escrito por la autoridad comunal; realización de toda otra actividad que produzca ruidos o sonidos comprendidos en la prohibición del artículo 2o de la Resolución 131/04.

Artículo 4º: Será sancionado con secuestro de los elementos generadores de ruidos hasta el abono de la multa impuesta, pudiendo solicitarse el auxilio de la Policía de la Provincia de Córdoba, todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, o visitante temporario, que:
Inc. 1º) Reincida tres o más veces en la realización de transmisiones radiotelefónicas o reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública o propiedades privadas aledañas; utilización radios, televisores y demás reproductores de sonidos en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos; circulación de vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape; utilización de bombas de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro elemento productor de esta clase de ruidos, salvo en el caso de fiestas populares debidamente autorizadas por escrito por la autoridad comunal; realización de toda otra actividad que produzca ruidos o sonidos comprendidos en la prohibición del artículo 2o de la Resolución 131/04.

Artículo 8o: Los importes recibidos por aplicación de la presente Resolución ingresarán a esta Comuna de Cuesta Blanca.
Artículo 9o: Comuníquese, publíquese, déjese al Registro Comunal y archívese.





Cuesta Blanca, 26 de Agosto de 2009. 
domingo, 30 de diciembre de 2012
BOLETÍN COMUNAL: FESTEJOS SIN PIROTECNIA


domingo, 16 de diciembre de 2012

BOLETÍN GUARDA-AMBIENTES 2012-12-13

Reportes

Sábado 24 a lunes 26 de noviembre – Recorridos

El sábado hizo mucho calor, y había gente. Iván no detectó nada fuera de lo normal durante su recorrido al mediodía. A la tarde Mariana comenzó su recorrido por la bajada del Ruiseñor, donde encontró alrededor de 15 grupos muy tranquilos. Conversó con muchos visitantes también en el puente y en las playas de los sectores 1 y 2 (ver mapa de sectores en http://vecinoscuestablanca.blogspot.com.ar/search/label/Reserva). En general, la gente la felicitaba por el trabajo realizado en la localidad y por la limpieza de las playas. Encontró restos de un fogón que antes no había visto en la playa de FATFA, tal vez destapado por la creciente. A la tardecita yo hice un recorrido por los sectores 1 y 2, recordando a los visitantes el tema de la basura. A la mañana siguiente pude constatar que esas playas que recorrí estaban limpias.

El domingo durante el mediodía, Mariana juntó bastante basura, en particular desde la zona del puente hacia abajo (sector 3). Muchos visitantes tenían carpas para el sol, pero en algunos casos eran carpas cerradas. En esos casos explicó la reglamentación y pidió que las desarmen, para no generar confusiones. Más tarde, detectó un fuego en la zona del Ruiseñor, que había encendido una familia de Córdoba quienes dijeron que no habían visto los carteles. Ante el aviso de Mariana, apagaron el fuego y limpiaron todo. También en la bajada del Ruiseñor encontró una carpa armada para pernoctar. Explicó la prohibición y los visitantes desarmaron la carpa. Luego recibió un aviso de un fuego en las proximidades de la bajada de los Escaladores. Dado que estaba lejos y su horario ya había terminado (era un asado bastante tardío), llamó a la policía, quienes dijeron que iban a enviar el móvil. El móvil nunca llegó, pero en ese momento yo detecté el fuego y les pedí que lo apagaran (ver foto). Los visitantes tuvieron que llevar el asado a medio hacer, para terminarlo en los asadores. Más tarde, encontré un grupo que había bajado a la playa con varios instrumentos de percusión, pero al explicarles la reglamentación del lugar, entendieron y no ocasionaron ruidos.



El lunes temprano Mónica, una vecina, salió a caminar y encontró a un matrimonio de Córdoba que estaba juntando basura en la playa del Ruiseñor para colaborar con el lugar (un ejemplo). Ella los ayudó y conversaron un rato. También observó una carpa, y llamó a la policía, quienes fueron al lugar y pidieron a los visitantes que la desarmen. Mónica se acercó y les dio un folleto. Eran una pareja muy amable, pero aparentemente eran los mismos a quienes Mariana ya había hecho desarmar la carpa el anterior. Al mediodía Iván encontró bastante basura acumulada en distintos lugares. En frente del punto panorámico que está cerca del camping encontró un grupo haciendo fuego al lado del río. Les hizo apagar y no les gustó mucho. Argumentaron que no sabían de la prohibición, pero no parecía ser verdad. Luego encontró visitantes que tenían un calentador, estaban bien ubicados y los felicitó, ya que es la única manera en que se puede cocinar fuera del sector habilitado. En el los asadores encontró un grupo al que había llamado la atención el fin de semana anterior por el volumen de la música, pero esta vez no estaban ocasionando ruidos molestos. Luego se largó a llover, Iván terminó el recorrido y gran parte de los visitantes se retiró. Más tarde al salir nuevamente el sol llegaron nuevos visitantes. El río no creció. A la tardecita salí a hacer un pequeño recorrido con Iván Renison, y encontramos un grupo haciendo fuego en la playa de la Ballena.  Les preguntamos si no habían visto el cartel, y dijeron que sí, pero que pensaron que no tenía validez. Apagaron el fuego con ayuda nuestra y fueron a los asadores.

El martes temprano, Mónica salió a caminar y encontró restos de basura, y fuego en la playa del Ruiseñor, ocasionados por un grupo que se quedó el lunes hasta tarde.

Sábado 1 y domingo 2 de diciembre – Recorridos

El sábado estuvo nublado y el río estaba crecido. Iván recorrió el área al mediodía, avisando a los visitantes que estuvieran atentos con el aviso de creciente, porque podían terminar en el lago. Más tarde Mariana hizo un recorrido, encontró gente en el Ruiseñor, en el puente y en los asadores. El resto de las playas estaban poco concurridas. Juntó algo de basura. Habló con varios conductores de motos para que respeten la velocidad máxima. También pidió a un conductor que retire su moto de la bajada de los guindillos, ya que no se puede pasar más allá de los postes. Pidieron  disculpas.

El domingo había muchos visitantes, y bastante basura. Todo estuvo tranquilo hasta que se acabaron los lugares en los asadores y el camping. Encontró un grupo haciendo fuego en el estacionamiento de la zona de la bajada del Saltito. Ante el aviso de Mariana, apagaron todo y fueron a los asadores. Sin embargo, al irse, no juntaron las brasas como habían prometido. Mariana juntó y tapó todo para que no queden señales del fuego. En el estacionamiento cercano a la bajada del Indio, encontró otro fogón, pero ya no encontró a los visitantes que lo habían hecho. Las brasas estaban todavía calientes. Desarmó todo y tapó todo lo que pudo para que el fogón no se vea.

Sábado 1 de diciembre – Ruidos molestos

Algunos vecinos me comunicaron que durante la noche y hasta muy tarde, el hotel de FATFA estuvo ocasionando ruidos molestos hasta muy tarde. Esto no está permitido en Cuesta Blanca, y las reglamentaciones deberían ser cumplidas por todos, ya que esa es la única manera en que funcionan las reglamentaciones. Es importante que todos los vecinos afectados por el problema de los ruidos molestos den el aviso, para que la Comuna se encargue de hacer cumplir las normas. Los avisos se pueden dar en forma personal en la Comuna (de lunes a viernes de 7:30 a 13:30), por teléfono (03541-495620), por correo electrónico (comunacuestablanca@yahoo.com.ar) o Ingresando al sitio oficial http://www.cuestablanca.gov.ar/, botón CONTACTO.

Sábado 8 y domingo 9 de diciembre – Recorridos

El sábado al mediodía había poca gente porque amaneció nublado. Iván recorrió al mediodía y conversó con muchos grupos de visitantes muy interesados en lo que hacemos en Cuesta Blanca. En los asadores estaba todo tranquilo, sin ruidos molestos. Una pareja le preguntó cómo llegar al sendero "Bosquecito Serrano", ya que les había encantado la idea de recorrerlo. En la playa del Ruiseñor encontró poca gente y juntó poca basura. El río estaba hermoso, caudaloso y limpio. La última creciente movió mucha arena, cavando algunos pozos y tapando otros. Más tarde, yendo a pasear al diquecito (sin la remera de guardambiente), Iván encontró un grupo haciendo fuego y les avisó que no se podía. Sin embargo el asado ya estaba casi listo y lo terminaron. Más tarde el Gitano los encontró y los retó mucho, cuando ya se estaban yendo.

El domingo antes del mediodía hice un recorrido por algunos sectores. Había muchos visitantes ya desde temprano. Encontré a una familia que estaba por hacer fuego en las proximidades de la pierda del Indio, pero fueron a los asadores ante mi aviso. Mariana hizo un recorrido durante el mediodía, y no detectó nada fuera de lugar, todo estaba muy tranquilo.

Novedades

Los vecinos favorecen a las especies nativas

Estamos observando que muchos vecinos ya no cortan los espinillos pequeños ni otras especies de árboles o arbustos nativos al cortar el pasto de sus veredas y de sus casas. No cortar especies nativas, y sacar algunas ramas o ejemplares de especies exóticas que están quitando luz a nativas que están creciendo debajo, es una gran ayuda al monte nativo, que está en tan alarmante retroceso en la provincia.

Avisos

Eco-camping Cuesta Blanca. Para quien quiera pasar unos días acampando en Cuesta Blanca y disfrutando de la naturaleza, pueden ir al único sector habilitado para tal fin, el eco-camping. A través del facebook (http://www.facebook.com/ecocamping.cuestablanca?ref=ts&fref=ts) o de la página (www.campingcuestablanca.com.ar), se pueden contactar para pedir información.

Bar natural Cuesta Blanca. Abre sus puertas el 25 de diciembre. Al igual que los dos locales del puente (“Akun Mahuida” y “El Puente”) este bar que abre durante la temporada adhiere a las normas de respeto a la naturaleza y tranquilidad de Cuesta Blanca. http://www.facebook.com/pages/Cuesta-Blanca-Parador-Natural/183112371782200?ref=ts&fref=ts

¿Quienes somos? Los guardambientes voluntarios somos vecinos que colaboramos de manera voluntaria para lograr que los visitantes cuiden y respeten las normas de respeto a la naturaleza de Cuesta Blanca. No recibimos ninguna compensación material. Iván Barberá es un guardambiente, que por hacer su tarea de forma periódica y sostenida en el tiempo recibe una pequeña compensación, a modo de viáticos, gracias al aporte de algunos vecinos. Mariana Sosa, la guardaparque, es personal asalariado de la Comuna. Los guardambientes voluntarios estamos bien predispuestos para transmitir a la comuna las inquietudes ambientales de todos los vecinos que se comunican con nosotros. Sin embargo, lo más adecuado es hacer los reclamos directamente a la comuna (comunacuestablanca@yahoo.com.ar, o llamando por teléfono al 03541-495620). También pueden hablar con Mariana, la guardaparque, al número 03541-15665585 (miércoles a viernes por la mañana, o sábados y domingos desde el mediodía).

Cronograma de guardaparques y guarda-ambientes

Sábado 15 de diciembre. Iván Barberá - Mariana Sosa
Domingo 16 de diciembre. Mariana Sosa – Ana Cingolani

Sábado 22 de diciembre. Iván Barberá – Mariana Sosa
Domingo 23 de diciembre. Mariana Sosa

Martes 25 de diciembre. Daniel Renison - Ana Cingolani – Silvia Brunori – Fernando Barri

Sábado 29 de diciembre. Iván Barberá – Mariana Sosa
Domingo 30 de diciembre. Mariana Sosa
Lunes 31 de diciembre. Iván Barberá
Martes 1 de enero. Daniel Renison – Iván Barberá – Ana Cingolani - Marco Pizarro

En esta época necesitamos ayuda en todo momento. Si alguien más quiere colaborar, en cualquier horario y cualquier día, nos avise y organizamos.

Plantas de las sierras

Palo amarillo (Aloysia gratissima)



También llamado azahar del monte, este arbusto aromático tiene valor ornamental y medicinal. Es una planta abundante en Cuesta Blanca, de flores muy perfumadas que se pueden apreciar en estos días, al caminar por las calles y reserva.

¿Sabían que...

...durante los últimos 30 años una gran parte de los bosques del norte de Córdoba fueron reemplazados por cultivos? La transformación más dramática sucedió al noreste, entre las sierras del Norte y la laguna Mar Chiquita. (Fuente: Hoyos et al. 2012. Applied Vegetation Science, ver imagen).



Texto: Ana M. Cingolani

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