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viernes, 27 de abril de 2012

TOMADO DE PRENSA FUNAM

JUSTICIA ACEPTÓ ACCIÓN DE AMPARO Y ORDENA A LA PROVINCIA CUMPLIR LEY QUE PROHIBE HACER FUEGOS EN LAS SIERRAS

El Juez Osvaldo Eduardo Pereyra aceptó la Acción de Amparo presentada esta mañana por la Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM) y ordenó al gobierno de la provincia de Córdoba "evitar confusiones y aplicar a rajatabla la prohibicion de hacer fuego en zonas rurales y forestales". La decisión judicial obliga a cumplir la ley 8.751.

La acción fue presentada por el Dr. Carlos Nayi en el Jugado de 1ª Instancia y 32ª  Nominación en lo Civil y Comercial. El Dr. Raúl Montenegro, presidente de FUNAM, se mostró "muy satisfecho con la rápida decisión judicial pues coloca las cosas en su lugar tras la flagrante violación de una ley provincial" por parte de funcionarios provinciales.

El gobierno llegó incluso a alentar la realización de fuegos para asado en los spots publicitarios del Rally Mundial. Montenegro había calificado la actitud del gobernador como “ilegal, demagógica e irresponsable”.

Durante 2011 más de 70.000 hectáreas, en su mayor parte con bosque nativo,
fueron destruidas por fuegos. Desde FUNAM se recordó que el riesgo de incendios es permanente y que en Córdoba “queda menos del 5% de bosque nativo”.

Córdoba (Argentina), 27 de abril de 2012.- La Justicia de Córdoba aceptó hace instantes la Acción de Amparo presentada esta mañana por la Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM) bajo el patrocinio del Dr. Carlos Nayi. El Juez de 1ª Instancia y 32ª  Nominación en lo Civil y Comercial, Osvaldo Eduardo Pereyra, ordenó al gobierno de la provincia «aplicar a rajatabla la prohibicion de hacer fuego en zonas rurales y forestales». La decisión judicial obliga a cumplir la ley 8.751, violada por el gobierno al promover -a través de spots publicitarios y de la palabra del gobernador José Manuel de la Sota- la realización de fuegos para asados durante el fin de semana que se corre en las sierras el Rally Mundial. La actitud del gobernador había sido calificada como “ilegal, demagógica e irresponsable” por parte del presidente de FUNAM.

El Juez dictaminó que “A los fines de evitar la confusión de la población en general y especialmente a quienes participen en el evento deportivo, deberá la Provincia de Córdoba arbitrar los medios necesarios a los fines de informar a la población en general y a quienes participen en el Rally Mundial de Argentina 2012, sobre la prohibición existente respecto de la utilización del fuego en el ámbito rural y forestal prevista en la norma y conforme los arts. 4, 3 inc. d y 12 de la ley 8.751 y su decreto reglamentario, debiendo igualmente la Autoridad de Aplicación arbitrar las medidas que estime necesarias a los fines de evitar riesgos y/o daños ambientales”.

El Dr. Raúl Montenegro, presidente de FUNAM, se mostró "muy satisfecho con la rápida decisión judicial pues coloca las cosas en su lugar tras la flagrante violación de una ley provincial por parte del gobernador de la provincia, José Manuel de la Sota; del encargado de Ambiente, Darío Sbarato; y del máximo responsable del Plan Provincial de Manejo del Fuego”.

Montenegro indicó que en Córdoba "los fuegos, los desmontes y la degradación del ambiente hacen peligrar el funcionamiento de las cuencas hídricas y la provisión de agua. No tenemos margen para más destrucción. Tenemos además una mala Ley de Bosques, inconstitucional, que favorece a los pools de siembra y la ganadería industrial, no a los cordobeses. Esta bienvenida acción judicial nos alienta a seguir luchando para que Córdoba no siga perdiendo ambiente nativo ni cuencas hídricas".

El año pasado más de 70.000 hectáreas, en su mayor parte con bosque nativo, fueron destruidas por incendios. El Dr. Raúl Montenegro también recordó que el riesgo de incendios es permanente y que en Córdoba “queda menos del 5% de bosque nativo”.

Montenegro explicó que el Rally supone de por sí un impacto negativo sobre los suelos y la vegetación, afectados por el pisoteo, la destrucción de vegetación nativa e implantada y el abandono de residuos, y que resultaba inadmisible incrementar ese impacto con la realización de fuegos que además resultaban contrarios a la ley 8.751.  

La Acción de Amparo presentada por el representante legal de FUNAM, Dr. Carlos Nayi, solicitó a la Justicia que se “arbitren los medios necesarios, pertinentes y con la urgencia que el caso requiere a fin de que se ordene la inmediata prohibición absoluta de hacer fuego en la zona serrana de esta Provincia de Córdoba, petición que se formula a partir de la decisión del Gobierno de la Provincia hecha pública en las últimas horas conforme dieran a conocer distintos medios de prensa local, autorizando al público a hacer fuego en la zona serrana durante la competencia del Rally de Argentina que tendrá vigencia temporal hasta el día veintinueve de abril del año en curso”.

La Justicia aceptó la acción en tiempo récord resolviendo a favor de la reducción del riesgo de daños ambientales, materiales y de la integridad física de las personas.

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