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RESPUESTA DE LA COMUNA A NOTA ENVIADA EL 4 DE MARZO (AREAS PROTEGIDAS Y PERSONAL)
Respuesta de la Comuna a nota pidiendo guardaparque para la Playa de los Hippies.

No obstante esta respuesta, según nuestro conocimiento la persona contratada por la comuna que es menciona en la carta no fue contratada para ir a la Playa de los Hippies.
Nota pidiendo guardaparque para un área protegida en Cuesta Blanca (entregada el 29/9/23)
El 29/9/2023 entregamos a la Comuna la nota pidiendo guardaparque para el área protegida que incluye la Playa de los Sauces. Ver texto plano de la nota en:
http://vecinoscuestablanca.blogspot.com/2023/09/nota-por-un-guardaparque-en-playa-de.html
La nota contiene un total de 567 firmas, 173 son de vecinos/as y propietarios/as de Cuesta Blanca, 190 de vecinos/as de otras localidades de Punilla Sur, y 204 de visitantes de otras localidades que han paseado por el lugar y reconocen la necesidad de un guardaparque.
Incluimos las primeras páginas de la entrega y luego un enlace de donde podrán bajar todas las imagenes y un archivo exel con la lista completa de firmantes de Cuesta Blanca.
https://www.dropbox.com/scl/NOTA POR UN GUARDAPARQUE EN PLAYA DE LOS SAUCES
Cuesta Blanca 31 de agosto de 2023
Sra. Presidenta
Comuna de Cuesta Blanca
Ana Gaitan,
Los abajo firmantes nos dirigimos a usted para solicitar que se contrate un guardaparque específico para el área protegida que incluye la Playa de los Sauces (conocida como Playa de los Hippies), que trabaje en coordinación con el personal ya existente en la Comuna.
Es sabido que Cuesta Blanca se distingue de otras localidades por su protección del ambiente y los ecosistemas nativos. Un gran avance en ese sentido fue la declaración de una gran parte del sector rural de Cuesta Blanca, correspondiente al ejido ampliado, como área protegida (Resolución Comunal 39/2021). Una vez creada el área, se hace necesario manejarla de forma adecuada, lo cual debe comenzar con asignar un guardaparque específico para su cuidado y control. A partir de la asignación de un guardaparque, y con la coordinación del personal que ya trabaja en el área ambiente de la Comuna y la colaboración de vecinas y vecinos, se podrán generar e implementar una zonificación y un plan de gestión. Esto garantizará la protección del área y evitará los problemas que aún se siguen observando, como el riesgo de incendios, contaminación, acumulación de basura, extracción de flora y fauna, entre otros.
Incorporar un guardaparque a cargo del área, y comenzar a realizar acciones concretas para su conservación, redundará en un beneficio directo para todos los habitantes y visitantes que año a año disfrutan de este lugar.
Sin otro particular, aprovechamos para saludar a Ud. atentamente,
NOTA ENTREGADA A LA COMUNA POR PLAYA DE LOS HIPPIES
En el día de la fecha (08/09/2022) entregamos a la Comuna de Cuesta Blanca una nota firmada por 140 personas (más 6 personas que adhirieron por e-mail), sumando residentes y propietarios, relacionada con el cuidado y conservación de la Playa de los Hippies. La nota presentada se incluye a continuación, y más abajo un enlace al documento (pdf) con la nota y todas las firmas.
Cuesta Blanca, 22 de agosto de 2022
Presidenta Comunal
Comuna de Cuesta Blanca
Ana Gaitan
Estimada Ana Gaitan:
Por medio de la presente, como vecinas y vecinos de Cuesta Blanca queremos hacerle llegar nuestra preocupación respecto a dos temas que deberían ser resueltos por la Comisión Comunal, en relación al sector informalmente denominado "Playa de los Hippies", recientemente anexado al Ejido, que además, desde el año pasado es parte de un área protegida declarada por Resolución Comunal 39/2021.
Por un lado, nos ha llegado información acerca de un camino que se pretende abrir desde el pueblo hasta el sector mencionado, aledaño al azud de donde se toma el agua para toda Punilla Sur. Nos oponemos a la apertura de ese camino. Es sabido que la apertura de caminos vehiculares en áreas naturales promueve la presión por el desarrollo inmobiliario, la pérdida de ecosistemas y la degradación de las cuencas. Consideramos que para una mejor conservación de la naturaleza y los servicios ecosistémicos en ese sector es fundamental que el acceso siga siendo peatonal. Numerosas áreas protegidas del mundo tienen sectores con mucha afluencia de visitantes a los que no se puede acceder con vehículos. Por ejemplo, en el sur de nuestro país, todos los años acuden miles de visitantes a los refugios de montaña, únicamente por acceso peatonal. Si se implementan las medidas de manejo adecuadas, se puede lograr una buena combinación de preservación de la naturaleza, seguridad, recreación y turismo sustentable.
Nuestra segunda preocupación se relaciona con la necesidad urgente de implementar medidas para que se respeten las normas de protección ambiental y seguridad en el sector. Actualmente el área de la Playa de los Hippies tiene muchos problemas por extracción de flora, tala de árboles nativos, fogones en lugares con alto riesgo de incendios, acumulación de basura, contaminación acústica y contaminación con materia fecal. Para comenzar a remediar dicha situación, es necesario, como en toda área protegida, incorporar guardaparques y carteles específicos, en primer lugar, y en segundo lugar hacer una zonificación que defina claramente las actividades permitidas y no permitidas dentro del área de uso público, con un adecuado y efectivo control. De ese modo, tanto residentes como visitantes podremos seguir disfrutando de ese maravilloso lugar.
Esperamos que la Comuna tenga en cuenta estas demandas de sus vecinos y brinde una respuesta favorable.
Sin otros particular, saludamos a usted atentamente:
_____________
ABAJO EN AMARILLO EL TRAZADO POR DONDE APARENTEMENTE SE SOLICITÓ QUE VAYA EL CAMINO, SIGUIENDO EL TRAZADO DE LOS CAMIINOS DE UN LOTEO NO APROBADO.
PEDIDO DE INFORMES A SECRETARÍA DE AMBIENTE POR CAMINO A CABALANGO
Cuesta
Blanca, 2 de junio de 2021
SOLICITAN INFORMACIÓN PUBLICA AMBIENTAL-
SR SECRETARIO DE AMBIENTE
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
JUAN CARLOS SCOTTO
S------------/------------------D
Las
vecinas y vecinos abajo firmantes, Ana María Cingolani (DNI 17995190), Silvia
Inés Brunori (DNI 17629331), José Gabriel León (DNI 26483638), María Alejandra
Giantomasi (DNI 25704193), Johanna Elebaster (DNI 31925207), Marcela Susana Fernandez
(DNI 20641782), Daniel Renison (DNI 18529365), Javier Rivadero (DNI 31838054), Ruth
Mónica Voigtlander (DNI 12811878), Gabriela Hermitte (DNI 10709507), Eugenia
Courtade (DNI 16159318), Mariela Fanny Kuszczyc (DNI 25430586), Alejandra A.
Fissore (DNI 25469119), Marco A. Pizarro (DNI 24558110), Néstor Germán Loza
(DNI 22035364), Leila Isabel Nasif (DNI 23108886), Sonia Mankoff (DNI 14939926),
Leonardo Daniel Barberá (DNI 17532896), Luján Malena Lang (DNI 31390440), Gastón
Praddaude (DNI 31057515) y Fernando Rafael Barri (DNI 24885113), fijando
domicilio a los efectos derivados de la presente en calle Paseo de los Abuelos
s/n (cortada detrás del hotel Cuesta Blanca, de FATFA) de la Comuna de Cuesta
Blanca, (e-mail de contacto: vecinoscuestablanca@gmail.com,
teléfono: 3541-587453), ante Ud nos
presentamos y decimos:
I) OBJETO:
Que de conformidad con lo
establecido por las Leyes Nacionales N° 25.831;
25.675 y 27.566 (ratificación del Acuerdo Escazú) y Provinciales Ley 10.208 (artículos 54 a 62), y Ley de Acceso a los actos de gobierno 8803,
venimos a solicitar que, por intermedio de quien corresponda, y mediante COPIAS
EN PAPEL Y/O SOPORTE DIGITAL, nos expida y conteste la siguiente información
pública:
* Si existe expediente iniciado relacionado
a un proyecto de pavimentación, mejoramiento o ensanchamiento del camino S431,
que une la localidad de Cabalango con la de Cuesta Blanca (también llamado
"camino a Cabalango").
* En caso de que exista, indique
número de expediente, y estado del mismo.
* Asimismo, en caso de exista, adjunte
copias del expediente completo donde se tramita tal proyecto de construcción,
pavimentación, mejoramiento de la ruta mencionada (ya sea que se trate de un
proyecto particular o forme parte de uno
mayor iniciado con anterioridad).
* Expida copia de cualquier otra
información pública ambiental relacionada al proyecto vial mencionado
(expedientes anteriores o actuales en trámite que pudieren involucrar por
tramos la ruta "Camino a Cabalango" mencionada, dictámenes, y/o
cualquier tipo de actuación administrativa relacionada).
II) MARCO JURÍDICO:
La
participación ciudadana es un derecho fundado en uno de los pilares del sistema
gubernamental republicano, que es la publicidad de los actos de gobierno y la
transparencia de la administración. La falta de información conspira contra
cualquier posibilidad de participación en políticas públicas por parte del
ciudadano, por lo que el acceso a la información pública es un requisito previo
e imprescindible para la participación ciudadana.
Se ratifica que los solicitantes nos
encontramos ampliamente
legitimados por los Art. 41 de la
Constitución Nacional, los Arts. 16 y cc de la Ley Nº 25.675, art 8 y cc de la
Ley 25.831 de Presupuestos mínimos, artículos
54 a 62 de la Ley 10.208 de Política ambiental; Ley 8803 y Normas de Derecho
Internacional, que prevén el libre acceso a la Información pública oportuna, adecuada, completa y en este caso, en materia
ambiental, la que debe considerarse con un criterio de fácil acceso y principio
de máxima difusión.
Dicho principio de máxima divulgación se encuentra
plenamente vigente, y contemplado expresamente en el Acuerdo de Escazú (art 3) ratificado por ley 27.566-.
En
particular, la ley de Ambiente Provincial 10208, prevé en su artículo 56 que: “El acceso a la información pública ambiental
es un derecho reconocido en la Ley Nacional Nº 25.831 -Régimen de Libre Acceso
a la Información Pública Ambiental- y en la Ley Nacional Nº 25.675 -General del
Ambiente- que la Provincia profundizará en su instrumentación y funcionamiento
a través de la Autoridad de Aplicación.
Toda persona física o jurídica tiene
derecho a solicitar, consultar y recibir información pública ambiental
completa, veraz, adecuada, oportuna y gratuita -en los términos que establece
la presente Ley- de los organismos de la Administración Pública Provincial
centralizada, descentralizada, entes autárquicos, empresas y sociedades del
Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades
de economía mixta y de toda otra organización empresarial o sociedad comercial
en donde el Estado Provincial y los Estados Municipales o Comunales tengan
participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias y
las empresas prestatarias de servicios públicos.
Respecto a qué se considera información pública ambiental, el Artículo 57.- “Se considera Información Pública Ambiental cualquier información producida, obtenida,
en poder o bajo control de los organismos públicos, así como las actas de
las reuniones oficiales y expedientes de la Administración Pública y las
actividades de entidades y personas que cumplen funciones públicas relacionadas
con el ambiente, los recursos naturales y el desarrollo sustentable. Se
considera pública toda información ambiental producida por los organismos, sociedades
y entes mencionados en el artículo 56 de esta norma, salvo que esté
expresamente exceptuada por ley”. Y
respecto del plazo para contestar, la misma ley prevé que: Artículo 61.- Toda solicitud de información requerida en
los términos de la presente Ley debe ser satisfecha en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles. El plazo puede
prorrogarse en forma excepcional por otros diez (10) días hábiles en el
supuesto de mediar circunstancias que dificulten obtener la información
solicitada, debiendo el órgano requerido comunicar -antes del vencimiento del
plazo de diez (10) días- las razones por las cuales hace uso de la prórroga
excepcional.
III)
RESERVA:
De
acuerdo a lo dispuesto por las disposiciones legales mencionadas, se formula
reserva de promover la acción judicial pertinente ante la eventual falta de
respuesta -o en caso que la misma resultare parcial- al presente pedido.
Saludamos
atentamente:
NOTA ENVIADA A LA COMUNA POR MANEJO DE RIBERAS
Hace unos meses hemos enviado esta nota a la Comuna para promover que se continúe con la política ambiental de restaurar el bosque nativo en las riberas, evitando la invasión por exóticas y la eliminación de especies nativas.
NOTA PARA COMISION COMUNAL 21/08/2020 (PETITORIO CHANGE.ORG)
Nota enviada a la Comisión Comunal por correo electrónico el 21/08/2020
Nota entregada por vecinos autoconvocados
NUEVA NOTA POR GUARDAMBIENTE COMUNAL (23/7/20)
NOTA DEL CERNAR POR EL GUARDAMBIENTE
de Cuesta Blanca
Sra. M. Andrea Jordán
S________/________D
De nuestra mayor consideración,
En nuestro carácter de Directora y Consejo Asesor del CERNAR (Centro de Ecología y Recursos Naturales Renovables de la Universidad Nacional de Córdoba) nos comunicamos con Ud. con el fin de manifestarle nuestra preocupación por el cese de actividades del guardambiente comunal de la localidad de Cuesta Blanca.
El Bosque Chaqueño Serrano, donde se encuentra enmarcada la comuna de Cuesta Blanca, es uno de los ecosistemas más afectados de la provincia de Córdoba debido al avance de la urbanización, las plantaciones forestales comerciales con especies no nativas, los incendios forestales y el sobrepastoreo. La conservación de este bosque es fundamental no solo por los servicios ambientales que proporciona a la población de la localidad sino porque, al formar parte de la cuenca del lago San Roque, cumple un papel muy importante en la protección de la cantidad y calidad del agua para la población de una parte de Punilla y la ciudad de Córdoba. Por ello, los esfuerzos de conservación de este ecosistema nunca son suficientes en comparación con los bienes y servicios que proporciona a la sociedad.
Como Institución dedicada a la investigación, extensión y educación en temáticas ambientales con más de 40 años de trayectoria, observamos gratamente el esfuerzo y la dedicación que la Comuna de Cuesta Blanca y sus vecinos vienen realizando para la gestión ambiental de su espacio. Se han convertido en un ejemplo digno de ser emulado por las demás comunidades serranas que redunda en beneficios no solo para su población sino para todos los turistas que la visitan y para toda Córdoba. Dicho esto, nos preocupa la interrupción de la protección efectiva del ambiente en esta localidad, que sabemos es una de las pocas que ha sostenido un esfuerzo de cuidado ambiental, con personal a cargo, por más de 10 años. El cuidado del ambiente debe ser un trabajo a perpetuidad y una política pública, si nos interesa la conservación de la salud ambiental y humana de las generaciones presentes y futuras.
Por ello, desde el Centro de Ecología y Recursos Naturales Renovables instamos a esta localidad a renovar su compromiso de cuidado ambiental reincorporando al guardambiente comunal para garantizar la conservación del ecosistema, aún en un contexto de crecimiento urbano, y a continuar siendo un ejemplo de colaboración entre vecinos e instituciones para la protección de la naturaleza, así como para otras localidades vecinas.
Dra. Cecilia Estrabou
Directora
Dra. Romina C. Torres, Dr. Juan Manuel Rodriguez y Dra. Daniela Tamburini
Consejo Asesor
NOTA DE VECINA POR GUARDAMBIENTE COMUNAL
RESPUESTA DE LA COMUNA A NOTA DEL 11 DE JUNIO
NOTA PARA FIRMAR (REINCORPORACION GUARDAMBIENTE)
NOTA POR DESMONTE
Vecino de Cuesta Blanca
NOTA DE VECINA VOLUNTARIA A LA COMUNA POR BASURALES EN LA RUTA
NOTA DE PHUMA A COMUNA POR GUARDAMBIENTE COMUNAL
NOTA ENTREGADA POR ADARSA A LA COMUNA DE CUESTA BLANCA
NOTA POR GUARDAMBIENTE COMUNAL
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