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lunes, 31 de diciembre de 2012
9:29 |
Publicado por
Guardambientes
DESMONTE
-
RESOLUCION N° 316/07
-
RESOLUCION N° 316/07
Y VISTO:
La
necesidad de atenuar el desmonte y eliminación de plantas autóctonas nativas en
terrenos y lotes destinados a la construcción y, al mismo tiempo, impedir
modificaciones topográficas innecesarias.
Y CONSIDERANDO:
Que,
el desmonte y eliminación de plantas autóctonas nativas en terrenos y lotes
destinados a la construcción y, al mismo tiempo, impedir modificaciones
topográficas innecesarias afectarán de manera severa el medio ambiente
afectando, incluso, el paisaje de nuestra localidad empobreciendo su patrimonio
natural,
Que, la eliminación de
la cobertura vegetal, sumada a las lluvias torrenciales en la zona, produce la
pérdida de los suelos por lavado quedando, como producto de ello, terrenos más
rocosos que pierden su capacidad de absorción y almacenamiento de agua, cuya
consecuencia evidente deriva en que el agua escurra directamente hacia los
caminos, que se inundan más de lo debido y aconsejable,
Que, la pérdida de
capacidad de almacenamiento de los suelos aumenta la intensidad de las
crecientes en verano y disminuye el caudal en invierno,
Que, las modificaciones
de la topografía del terreno alteran los ciclos hidrológicos y la estética del
paisaje modifican el ambiente para sostener la flora y la fauna desvalorizando
el patrimonio natural,
Que, la eliminación de
especies de árboles nativos y su reemplazo por árboles exóticos, implica en la
mayor parte de las situaciones más riego, derivándose de ello, mayor gasto de
agua lo que agrava la situación debido a las condiciones limitantes del vital
recurso en nuestra zona,
Que, las plantas nativas
al crecer menos, no necesitan poda (o, en todo caso, requieren una poda mínima)
lo que evita la acumulación de ramas secas y los problemas asociados a su
recolección y procesamiento.
Que, en definitiva, si
bien el desmonte de un terreno puede parecer inofensivo, la suma de los
desmontes de todos o varios terrenos ocasiona un enorme impacto en la zona
cuyas consecuencias afectan a la comunidad toda,
Que, esta Comuna considera
oportuno y pertinente crear un cuerpo normativo tarifario que a los efectos de
contemplar el cuidado y preservación del medio ambiente y la defensa del
patrimonio natural de la Comuna de Cuesta Blanca, contenga, además,
las sanciones correspondientes para aquellos casos y conductas que puedan ser
constitutivos de infracciones, contravenciones y/o violaciones a su régimen,
Que, el establecimiento
de este ordenamiento normativo requiere del estricto control de la autoridad
comunal, tornando en indispensable y necesario implementar la creación de un
cuerpo de guardaambiente a los fines de su efectivo cumplimiento,
POR TODO ELLO, Y DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES
RESUELVE:
Artículo 1°: Crear el Código de Medio Ambiente
que entrará en vigencia, en todo el ámbito de esta Comuna, a partir del 1 de
Enero de 2008.
Artículo 2°: A los fines de su implementación,
se transcribe en la presente resolución la normativa general tarifaria según el
siguiente esquema normativo:
Artículo 1°: Modificación de Topografía y Areas
Rocosas: Será sancionado con multa de hasta Pesos Diez mil ($ 10.000,00) todo
aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, que:
Inc. 1°) Al adquirir terrenos y/o solicite permiso para edificar, modifique
y/o altere la topografía y las áreas rocosas, con excepción del área habilitada
para construir y sus accesos. En todos los casos, es obligatorio mantener la
topografía y las áreas rocosas de los terrenos y la inobservancia de esta
obligación será sancionada con la misma multa.
Inc. 2°) Habiendo ya construido, aunque haya modificado la topografía y
las áreas rocosas en el pasado, produzca nuevos cambios topográficos o rocosos.
Artículo 2°: Desmonte y/o Limpieza de lotes y
terrenos edificados: Será sancionado con multa de hasta Pesos Cinco mil ($
5.000,00) todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título
que:
Inc. 1°) Al adquirir terrenos y/o solicite permiso para edificar en los
barrios residenciales El Puente y Los Escritores no deje un mínimo del 30% del
terreno en su estado natural (topografía, rocosos, árboles, arbustos y hierbas
nativas). Para el caso de no ser posible, es obligatorio dejar un mínimo del 30%
de proyección de copa de árboles nativos o una combinación de ambas opciones
(para el cálculo de la proyección de la copa, ver anexo).
Inc. 2°) Al adquirir terrenos y/o solicite permiso para edificar en los
barrios El Diquecito y el Halcón Peregrino, no deje un mínimo del 50% del
terreno en su estado natural (topografía,
rocosos, árboles, arbustos y hierbas nativas). Para el caso de no ser posible,
es obligatorio dejar un mínimo del 50% de proyección de copa de árboles nativos
o una combinación de ambas opciones (para el cálculo de la proyección de la
copa, ver anexo).
Inc. 3°) Al adquirir terrenos y/o solicite permiso para edificar en
barrio Los Comechingones y para futuros loteos no deje un mínimo del 70% del
terreno en su estado natural
(topografía, rocosos, árboles, arbustos y hierbas nativas). Para el caso
de no ser posible, es obligatorio dejar un mínimo del 70% de proyección de copa
de árboles nativos o una combinación de ambas opciones (para el cálculo de la
proyección de la copa, ver anexo).
Inc. 4°) Haya construido y tenga declarada su vegetación no mantenga o
modifique la vegetación tal cual está declarada.
Inc. 5°) No ser{a de aplicación esta reglamentación a todo aquel
propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título que haya construido
pero no tenga declarada su vegetación por ser la construcción de larga data.
Además de la multa, quienes no contemplen los porcentajes de terreno en
las condiciones especificadas, deberán plantar especies nativas en cantidad
suficiente como para que la proyección de la copa a futuro ocupe el porcentaje
determinado según se establece en los incisos precedentes. La remediación
efectuada con la plantación de árboles nuevos no exime del pago de la multa.
Artículo 3°): Extracción de Arboles Grandes:
Independientemente de las restricciones anteriores, se multará la eliminación de
árboles grandes de diferentes especies nativas a todo propietario,
usufructuario y/o poseedor a cualquier título, sin excepción, debido al tiempo
necesario para su recuperación y por su importancia como productores de
semillas, su valor como refugio de aves y otras especies de animales y su valor
estético y cultural. En todos los casos en que un árbol grande se hallare en el
lugar deseado para construir, se deberá pedir permiso especial a la Comuna. Asimismo , se permite la eliminación de especies exóticas que atenten contra los
valores antes mencionados, a cuyo fin, se listan los siguientes grupos de
especies nativas y exóticas:
a)
Especies nativas que pueden alcanzar
gran tamaño: Cocos (fagara coco), Molles (litera molleoides), Algarrobo blanco
y negro (prosopis alba, prosopis nigra), Tala y Tala falso (celtis tala,
bouganvillea stipitata) y Orco Quebracho (schinopsis marginata). Por extraer
estas especies con perímetros mayores o iguales a 60 cms. a la altura de la
base (árboles de 20 años o más) sin autorización se aplicará una multa de hasta
Pesos Dos mil quinientos ($ 2.500,00). Debe considerarse que si los árboles son
de múltiples fustes, es decir, que se ramifican desde la base, se considerará
el perímetro de todos los fustes juntos (antes de la ramificación).
b)
Especies nativas de menor tamaño:
Espinillos (acacia caven), Aromitos/tuscas (acacia aroma), Moradillo (schinus
fasciculatus), Manzano de Campo (ruprechtia apetala),Palo de
Leche/lecherón/blanquillo (sebastiania commersoniana), Durazno de Campo (kageneckia
lanceolata) y Chañar (geoffroea decorticans). Por extraer esta especies con
perímetros mayores o iguales a 40 cms. a la altura de la base (árboles de 20
años o más) se impondrá una multa de hasta Pesos Un mil ($ 1.000,00).
En los casos en que se eliminen este tipo de especie, deberá el
propietario, usufructuario y/o el poseedor a cualquier título, plantar 3
árboles de cualquier especie nativa, por cada árbol nativo extraído (de las
listas mencionadas y con los tamaños especificados).
En los casos a) y b) debe considerarse que si
los árboles son de múltiples fustes, es decir, que se ramifican desde la base,
se considerará el perímetro de todos los fustes juntos (antes de la
ramificación).
La remediación efectuada con la plantación de
árboles nuevos no exime del pago de la multa.
c)
Especies Exóticas: Pino (Pinus
spp.), Lambertianas, Siempreverdes (Ligustrum spp.), Grateus (Pyrancantha
agustifolia), Olmos (Ulmus pumila), Paraísos (Melia azedarach), Acacias Negra y
Blanca (Gleditsia triacanathos, Robinia pseudoacacia), Cafeto (Manihot
flabellifolia, Manihot grahamii) y Cotoneaster (Cotoneaster spp.).
Se encuentra permitido eliminar estas especies por ser exóticas previa
demostración de que las mismas son causantes de problemas o incontentes.
Anexo: Proyección de Copa: Se mide el
ancho mayor de la copa y el ancho menor, es decir, el ancho perpendicular al
ancho mayor, para cada árbol y se calcula la proyección de la copa aproximando
a una elipse, según la siguiente fórmula:
Proyección de copa = π x AM/2 x Am/2
π = 3.1416
AM = ancho mayor
Am = ancho meno
Se suma la proyección (calculada en metros cuadrados) de todos los
árboles y se calcula el porcentaje en relación al total de superficie del
terreno.
Artículo 3°: Ordenar la contratación de personal
a los fines del cumplimiento de la presente disposición administrativa,
facultando a tales efectos a la Presidenta Comunal , debiendo realizarse tales contratos según las normas de estilo que
viene observando esta administración.
Artículo 4°: Cúmplase, hágase saber y archívese.
9:21 |
Publicado por
Guardambientes
RUIDOS MOLESTOS
-
RESOLUCIÓN NO 131/04 modificada en 2006 y en 2009
-
RESOLUCIÓN NO 131/04 modificada en 2006 y en 2009
VISTO:
La
necesidad de proteger la calidad ambiental y la calidad de vida de los
habitantes de la localidad de Cuesta Blanca, preservándolas de los
desequilibrios producidos por ruidos molestos o parásitos y visto el artículo 198o de la
Ley Orgánica Municipal 8102.
Y CONSIDERANDO:
Que está comprobado
que el ruido produce trastornos en la salud y que por ello existen leyes que,
por ejemplo, protegen a los trabajadores de los sonidos originados por
distintas maquinarias de trabajo.
Que los trastornos
producidos por ruidos afectan tanto al cuerpo como la mente generando
alteraciones del sueño, dolor de cabeza, náuseas, úlceras y otros trastornos
digestivos, respiratorios y circulatorios, afecciones cardíacas y hasta sordera
permanente.
Que en la localidad
de Cuesta Blanca gran cantidad de vecinos se ven afectados por ruidos
ocasionados por emprendimientos comerciales, casas particulares o turistas
ocasionales.
Que actualmente es
posible poner en práctica tecnologías silenciosas que amortiguan y aíslan el
sonido en emprendimientos comerciales.
Que además de sus
efectos sobre los seres humanos, la contaminación sonora tiene gran impacto
sobre la fauna local, haciendo que los animales se alejen, reduciendo su
hábitat y disminuyendo su supervivencia y su capacidad de reproducirse.
Que la contaminación
sonora afecta en forma decisiva la identidad de Cuesta Blanca como Área Natural
Protegida.
Que es necesario un
ordenamiento en lo que respecta a ruidos molestos o parásitos con el fin de
proteger a la comunidad, estableciendo a tales fines límites en los mismos,
contemplando en consecuencia la tranquilidad y el descanso de las personas que
habitan nuestra localidad.
Que la vecindad
impone la tolerancia de ciertas molestias pasajeras, pero estas no pueden
superar la tolerancia normal de ciertos ruidos, causal por lo que los mismos no
podrán exceder el mínimo establecido de incomodidad moderada.
Que las pautas para
considerar cuál es la tolerancia normal, son
las que estiman el común del pueblo, o lo que las reglas de las costumbres
indican como tolerantes para la población en general.
Que es de interés de
esta Comuna el resguardar la tranquilidad pública poniendo especial énfasis en
el descanso y la convivencia en general, que resultarían estos afectados por
los ruidos molestos.
POR ELLO:
Artículo 1o: Regular respecto
a los ruidos molestos o parásitos en esta localidad de Cuesta Blanca.
Artículo 2o:
La presente Resolución rige para los ruidos
producidos en la vía pública, plazas, parques,
paseos, playas, salas de espectáculos, y
centros de reunión, así como en las casas, individuales o colectivas.
Artículo 3o: Quedan
prohibidas dentro del radio urbano de esta Comuna: a) Las transmisiones
radiotelefónicas o reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública
o propiedades privadas aledañas; b) El uso de radios, televisores y demás
reproductores de sonidos en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos; c) La habilitación o
circulación de vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape;
d) El uso de bombas de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro
elemento productor de esta clase de ruidos, salvo en el caso de eventos
populares debidamente autorizadas por la autoridad comunal; e) Toda otra
actividad que produzca ruidos o sonidos comprendidos en la prohibición del
artículo 2o de la presente Resolución. Solamente se podrá difundir música y locución, o realizar otras
actividades ruidosas, en locales cerrados con aislamiento acústico apropiado o
a un volumen que no se escuche desde la vía pública ni propiedades privadas
aledañas.
Artículo 4o: Desígnese autoridad de
aplicación para el cumplimiento de las normas de la presente Resolución a la Presidencia Comunal o a las personas designadas por ésta a tales efectos, recurriendo a
la fuerza policial, si fuera necesario.
Artículo 5o: En el caso de instalaciones
fijas, la denuncia para el supuesto caso de incumplimiento a la presente
Resolución deberá ser realizada por escrito por quien se considere damnificado.
En el caso de equipos móviles, la comunicación será verbal a las autoridades de
la Comuna o a la policía.
Artículo 6o: A los fines de su implementación, se transcribe
en la presente resolución la normativa general tarifaria según el siguiente
esquema normativo
Artículo 1º: Será sancionado con apercibimiento todo aquel
propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, o visitante
temporario que:
Inc. 1º) Por primera vez realice transmisiones radiotelefónicas o
reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública o propiedades
privadas aledañas; utilice radios, televisores y demás reproductores de sonidos
en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos; circule en
vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape; utilice bombas
de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro elemento productor de
esta clase de ruidos, salvo en el caso de fiestas populares debidamente
autorizadas por escrito por la autoridad comunal; realice toda otra actividad
que produzca ruidos o sonidos comprendidos en la prohibición del artículo 2o
de la Resolución 131/04.
Artículo 2º: Será sancionado con multa de hasta Pesos Dos Mil ($ 2.000)
todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier título, o
visitante temporario, que:
Inc. 1º) Por segunda vez realice transmisiones radiotelefónicas o
reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública o propiedades
privadas aledañas; utilice radios, televisores y demás reproductores de sonidos
en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos; circule en
vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape; utilice bombas
de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro elemento productor de
esta clase de ruidos, salvo en el caso de fiestas populares debidamente
autorizadas por escrito por la autoridad comunal; toda otra actividad que
produzca ruidos o sonidos comprendidos en la prohibición del artículo 2o
de la Resolución 131/04.
Artículo 3º: Será sancionado con multa de hasta Pesos Diez Mil ($
10.000,00) todo aquel propietario, usufructuario y/o poseedor a cualquier
título, o visitante temporario, que:
Inc. 1º) Reincida tres o más veces en la realización de transmisiones
radiotelefónicas o reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública
o propiedades privadas aledañas; utilización radios, televisores y demás
reproductores de sonidos en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos públicos;
circulación de vehículos automotores que no utilicen silenciadores de escape;
utilización de bombas de estruendo, petardos, fuegos artificiales y todo otro
elemento productor de esta clase de ruidos, salvo en el caso de fiestas
populares debidamente autorizadas por escrito por la autoridad comunal;
realización de toda otra actividad que produzca ruidos o sonidos comprendidos
en la prohibición del artículo 2o de la Resolución 131/04.
Artículo 4º: Será sancionado con secuestro de los elementos generadores
de ruidos hasta el abono de la multa impuesta, pudiendo solicitarse el auxilio
de la Policía de la Provincia de Córdoba, todo aquel propietario, usufructuario
y/o poseedor a cualquier título, o visitante temporario, que:
Inc. 1º) Reincida tres o más veces en la realización de transmisiones
radiotelefónicas o reproducciones de sonidos de toda clase hacia la vía pública
o propiedades privadas aledañas; utilización radios, televisores y demás
reproductores de sonidos en calles, paseos, playas, lugares y establecimientos
públicos; circulación de vehículos automotores que no utilicen silenciadores de
escape; utilización de bombas de estruendo, petardos, fuegos artificiales y
todo otro elemento productor de esta clase de ruidos, salvo en el caso de
fiestas populares debidamente autorizadas por escrito por la autoridad comunal;
realización de toda otra actividad que produzca ruidos o sonidos comprendidos
en la prohibición del artículo 2o de la Resolución 131/04.
Artículo 8o: Los importes recibidos por
aplicación de la presente Resolución ingresarán a esta Comuna de Cuesta Blanca.
Artículo 9o: Comuníquese, publíquese, déjese al Registro Comunal y archívese.
Cuesta Blanca, 26 de Agosto de 2009.
domingo, 16 de diciembre de 2012
BOLETÍN GUARDA-AMBIENTES 2012-12-13
14:10 |
Publicado por
Guardambientes
Reportes
Sábado 24 a lunes 26 de noviembre –
Recorridos
El sábado hizo mucho calor, y había
gente. Iván no detectó nada fuera de lo normal durante su recorrido al mediodía.
A la tarde Mariana comenzó su recorrido por la bajada del Ruiseñor, donde
encontró alrededor de 15 grupos muy tranquilos. Conversó con muchos visitantes
también en el puente y en las playas de los sectores 1 y 2 (ver mapa de sectores
en http://vecinoscuestablanca. blogspot.com.ar/search/label/ Reserva).
En general, la gente la felicitaba por el trabajo realizado en la localidad y
por la limpieza de las playas. Encontró restos de un fogón que antes no había
visto en la playa de FATFA, tal vez destapado por la creciente. A la tardecita
yo hice un recorrido por los sectores 1 y 2, recordando a los visitantes el tema
de la basura. A la mañana siguiente pude constatar que esas playas que recorrí
estaban limpias.
El domingo durante el mediodía, Mariana juntó
bastante basura, en particular desde la zona del puente hacia abajo (sector 3).
Muchos visitantes tenían carpas para el sol, pero en algunos casos eran carpas
cerradas. En esos casos explicó la reglamentación y pidió que las desarmen, para
no generar confusiones. Más tarde, detectó un fuego en la zona del Ruiseñor, que
había encendido una familia de Córdoba quienes dijeron que no habían visto los
carteles. Ante el aviso de Mariana, apagaron el fuego y limpiaron todo. También
en la bajada del Ruiseñor encontró una carpa armada para pernoctar. Explicó la
prohibición y los visitantes desarmaron la carpa. Luego recibió un aviso de un
fuego en las proximidades de la bajada de los Escaladores. Dado que estaba lejos
y su horario ya había terminado (era un asado bastante tardío), llamó a la
policía, quienes dijeron que iban a enviar el móvil. El móvil nunca llegó, pero
en ese momento yo detecté el fuego y les pedí que lo apagaran (ver foto). Los
visitantes tuvieron que llevar el asado a medio hacer, para terminarlo en los
asadores. Más tarde, encontré un grupo que había bajado a la playa con varios
instrumentos de percusión, pero al explicarles la reglamentación del lugar,
entendieron y no ocasionaron ruidos.
El lunes temprano Mónica, una
vecina, salió a caminar y encontró a un matrimonio de Córdoba que estaba
juntando basura en la playa del Ruiseñor para colaborar con el lugar (un
ejemplo). Ella los ayudó y conversaron un rato. También observó una carpa, y
llamó a la policía, quienes fueron al lugar y pidieron a los visitantes que la
desarmen. Mónica se acercó y les dio un folleto. Eran una pareja muy amable,
pero aparentemente eran los mismos a quienes Mariana ya había hecho desarmar la
carpa el anterior. Al mediodía Iván encontró bastante basura acumulada en
distintos lugares. En frente del punto panorámico que está cerca del camping
encontró un grupo haciendo fuego al lado del río. Les hizo apagar y no les gustó
mucho. Argumentaron que no sabían de la prohibición, pero no parecía ser verdad.
Luego encontró visitantes que tenían un calentador, estaban bien ubicados y los
felicitó, ya que es la única manera en que se puede cocinar fuera del sector
habilitado. En el los asadores encontró un grupo al que había llamado la
atención el fin de semana anterior por el volumen de la música, pero esta vez no
estaban ocasionando ruidos molestos. Luego se largó a llover, Iván terminó el
recorrido y gran parte de los visitantes se retiró. Más tarde al salir
nuevamente el sol llegaron nuevos visitantes. El río no creció. A la tardecita
salí a hacer un pequeño recorrido con Iván Renison, y encontramos un grupo
haciendo fuego en la playa de la Ballena. Les preguntamos si no habían visto el
cartel, y dijeron que sí, pero que pensaron que no tenía validez. Apagaron el
fuego con ayuda nuestra y fueron a los asadores.
El martes temprano, Mónica salió a
caminar y encontró restos de basura, y fuego en la playa del Ruiseñor,
ocasionados por un grupo que se quedó el lunes hasta
tarde.
Sábado 1 y domingo 2 de diciembre –
Recorridos
El sábado estuvo nublado y el río
estaba crecido. Iván recorrió el área al mediodía, avisando a los visitantes que
estuvieran atentos con el aviso de creciente, porque podían terminar en el lago.
Más tarde Mariana hizo un recorrido, encontró gente en el Ruiseñor, en el puente
y en los asadores. El resto de las playas estaban poco concurridas. Juntó algo
de basura. Habló con varios conductores de motos para que respeten la velocidad
máxima. También pidió a un conductor que retire su moto de la bajada de los
guindillos, ya que no se puede pasar más allá de los postes. Pidieron disculpas.
El domingo había muchos visitantes,
y bastante basura. Todo estuvo tranquilo hasta que se acabaron los lugares en
los asadores y el camping. Encontró un grupo haciendo fuego en el
estacionamiento de la zona de la bajada del Saltito. Ante el aviso de Mariana,
apagaron todo y fueron a los asadores. Sin embargo, al irse, no juntaron las
brasas como habían prometido. Mariana juntó y tapó todo para que no queden
señales del fuego. En el estacionamiento cercano a la bajada del Indio, encontró
otro fogón, pero ya no encontró a los visitantes que lo habían hecho. Las brasas
estaban todavía calientes. Desarmó todo y tapó todo lo que pudo para que el
fogón no se vea.
Sábado 1 de diciembre – Ruidos
molestos
Algunos vecinos me comunicaron que
durante la noche y hasta muy tarde, el hotel de FATFA estuvo ocasionando ruidos
molestos hasta muy tarde. Esto no está permitido en Cuesta Blanca, y las
reglamentaciones deberían ser cumplidas por todos, ya que esa es la única manera
en que funcionan las reglamentaciones. Es importante que todos los vecinos
afectados por el problema de los ruidos molestos den el aviso, para que la
Comuna se encargue de hacer cumplir las normas. Los avisos se pueden dar en
forma personal en la Comuna (de lunes a viernes de 7:30 a 13:30), por teléfono
(03541-495620), por correo electrónico (comunacuestablanca@yahoo.com. ar)
o Ingresando al sitio oficial http://www.cuestablanca.gov. ar/,
botón CONTACTO.
Sábado 8 y domingo 9 de diciembre –
Recorridos
El sábado al mediodía había poca
gente porque amaneció nublado. Iván recorrió al mediodía y conversó con muchos
grupos de visitantes muy interesados en lo que hacemos en Cuesta Blanca. En los
asadores estaba todo tranquilo, sin ruidos molestos. Una pareja le preguntó cómo
llegar al sendero "Bosquecito Serrano", ya que les había encantado la idea de
recorrerlo. En la playa del Ruiseñor encontró poca gente y juntó poca basura. El
río estaba hermoso, caudaloso y limpio. La última creciente movió mucha arena,
cavando algunos pozos y tapando otros. Más tarde, yendo a pasear al diquecito
(sin la remera de guardambiente), Iván encontró un grupo haciendo fuego y les
avisó que no se podía. Sin embargo el asado ya estaba casi listo y lo
terminaron. Más tarde el Gitano los encontró y los retó mucho, cuando ya se
estaban yendo.
El domingo antes del mediodía hice
un recorrido por algunos sectores. Había muchos visitantes ya desde temprano.
Encontré a una familia que estaba por hacer fuego en las proximidades de la
pierda del Indio, pero fueron a los asadores ante mi aviso. Mariana hizo un
recorrido durante el mediodía, y no detectó nada fuera de lugar, todo estaba muy
tranquilo.
Novedades
Los vecinos favorecen a las especies
nativas
Estamos observando que muchos
vecinos ya no cortan los espinillos pequeños ni otras especies de árboles o
arbustos nativos al cortar el pasto de sus veredas y de sus casas. No cortar
especies nativas, y sacar algunas ramas o ejemplares de especies exóticas que
están quitando luz a nativas que están creciendo debajo, es una gran ayuda al
monte nativo, que está en tan alarmante retroceso en la provincia.
Avisos
Eco-camping Cuesta Blanca.
Para quien quiera
pasar unos días acampando en Cuesta Blanca y disfrutando de la naturaleza,
pueden ir al único sector habilitado para tal fin, el eco-camping. A través del
facebook (http://www.facebook.com/ ecocamping.cuestablanca?ref= ts&fref=ts)
o de la página (www.campingcuestablanca.com. ar),
se pueden contactar para pedir información.
Bar natural Cuesta Blanca.
Abre sus puertas el
25 de diciembre. Al igual que los dos locales del puente (“Akun Mahuida” y “El
Puente”) este bar que abre durante la temporada adhiere a las normas de respeto
a la naturaleza y tranquilidad de Cuesta Blanca. http://www.facebook.com/pages/ Cuesta-Blanca-Parador-Natural/ 183112371782200?ref=ts&fref=ts
¿Quienes somos? Los guardambientes voluntarios somos
vecinos que colaboramos de manera voluntaria para lograr que los visitantes
cuiden y respeten las normas de respeto a la naturaleza de Cuesta Blanca. No
recibimos ninguna compensación material. Iván Barberá es un guardambiente, que
por hacer su tarea de forma periódica y sostenida en el tiempo recibe una
pequeña compensación, a modo de viáticos, gracias al aporte de algunos vecinos.
Mariana Sosa, la guardaparque, es personal asalariado de la Comuna. Los
guardambientes voluntarios estamos bien predispuestos para transmitir a la
comuna las inquietudes ambientales de todos los vecinos que se comunican con
nosotros. Sin embargo, lo más adecuado es hacer los reclamos directamente a la
comuna (comunacuestablanca@yahoo.com. ar,
o llamando por teléfono al 03541-495620). También pueden hablar con Mariana, la
guardaparque, al número 03541-15665585 (miércoles a viernes por la mañana, o
sábados y domingos desde el mediodía).
Cronograma de guardaparques
y guarda-ambientes
Sábado 15 de diciembre. Iván Barberá
- Mariana Sosa
Domingo 16 de diciembre. Mariana
Sosa – Ana Cingolani
Sábado 22 de diciembre. Iván Barberá
– Mariana Sosa
Domingo 23 de diciembre. Mariana
Sosa
Martes 25 de diciembre. Daniel
Renison - Ana Cingolani – Silvia Brunori – Fernando Barri
Sábado 29 de diciembre. Iván Barberá
– Mariana Sosa
Domingo 30 de diciembre. Mariana
Sosa
Lunes 31 de diciembre. Iván
Barberá
Martes 1 de enero. Daniel Renison –
Iván Barberá – Ana Cingolani - Marco Pizarro
En esta época necesitamos ayuda en
todo momento. Si alguien más quiere colaborar, en cualquier horario y cualquier
día, nos avise y organizamos.
Plantas de las
sierras
Palo amarillo (Aloysia
gratissima)
También llamado azahar del monte,
este arbusto aromático tiene valor ornamental y medicinal. Es una planta
abundante en Cuesta Blanca, de flores muy perfumadas que se pueden apreciar en
estos días, al caminar por las calles y reserva.
¿Sabían
que...
...durante los últimos 30 años una
gran parte de los bosques del norte de Córdoba fueron reemplazados por cultivos?
La transformación más dramática sucedió al noreste, entre las sierras del Norte
y la laguna Mar Chiquita. (Fuente: Hoyos et al. 2012. Applied Vegetation
Science, ver imagen).
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